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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
344595
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1966

CONVENIOS EN JUICIOS SUCESORIOS, QUE NO SE AFECTAN POR LA DECLARACION DE NULIDAD DE ACTUACIONES.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 1966

Precedentes

Amparos civiles acumulados en revisión 7395/48. Riveroll Porfiria y coagraviados. 26 de agosto de 1949. Mayoría de tres votos. Disidente: Hilario Medina. El Ministro Carlos I. Meléndez no votó por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.
Registro digital (IUS): 344595