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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344622
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2332
QUIEBRAS, RESOLUCIONES INTERLOCUTORIAS EN LOS JUICIOS DE, QUE DAN MATERIA AL AMPARO INDIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2332
La sentencia que resuelve la aplicación que se admitió sólo en el efecto devolutivo y que se interpuso contra el primer acuerdo o auto recaído a la solicitud de quiebra, constituye una interlocutoria que da materia al amparo indirecto.
Precedentes
Queja en amparo civil 106/49. Torres Farías Herminio (Quiebra). 7 de septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.