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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344626
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2360
REIVINDICACION, PRUEBA DE LA PROPIEDAD, EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2360
La propiedad de un inmueble se demuestra con el primer testimonio o, en su caso, con cualquier otro posterior, de la escritura de traslación de dominio respectiva. Por tanto, si el actor en el juicio reivindicatorio acompañó a su demanda el testimonio de la escritura fundatoria de su acción, y ya dentro del juicio exhibió la escritura mediante la cual, adquirió su causante, debe considerarse que con ello quedó acreditado el elemento "propiedad", de la acción reivindicatoria.
Precedentes
Amparo civil directo 6898/48. Luque Francisco G. 9 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no votó por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.