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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344628
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2360
EJECUTORIAS DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2360
La circunstancia de que unas ejecutorias no constituyan jurisprudencia conforme a la ley, lo que obligaría a obedecer sus tesis, no priva a las mismas de que se les tenga como una opinión muy respetable, que debe ser aceptada por los tribunales.
Precedentes
Amparo civil directo 6898/48. Luque Francisco G. 9 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no votó por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.