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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344641
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2492
CONTRAFIANZA EN LOS CASOS DE LANZAMIENTO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2492
Para fijar la cuantía de la contrafianza en los casos de lanzamiento, debe atenderse a que con ella se garantice la restitución de las cosas al estado que guardaban antes de la violación de garantías, así como el pago de los daños y perjuicios que sobrevengan al quejoso, en el caso de que se le conceda el amparo, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 126 de la ley reglamentaria del juicio de garantías; sin que sea aplicable en el caso, dada la naturaleza de las cuestiones controvertidas, la jurisprudencia relativa a que la contrafianza debe ser de mayor cantidad que la fianza.
Precedentes
Queja en amparo civil 228/49. L. de Larrea Elena. 19 de septiembre de 1949. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Agustín Mercado Alarcón. La publicación no menciona el nombre del ponente. Engrose: Hilario Medina.