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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344659
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2626
APELACION, MATERIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2626
Las pruebas del demandado no tomadas en cuenta por el Juez de la primera instancia, no pueden ser apreciadas por el Tribunal Superior, en la apelación interpuesta sólo por el actor, supuesto que los agravios no pudieron referirse a ese punto.
Precedentes
Amparo civil directo 4116/49. Jaramillo Aquino Gonzala. 22 de septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.