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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344663
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2636
PRUEBA TESTIMONIAL CONSTANTE EN INSTRUMENTOS PUBLICOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2636
El testimonio de una acta notarial en que conste la declaración de una persona, no constituye una prueba documental, sino una testimonial rendida sin las formalidades de la ley, por haberse recibido por funcionario que no es autoridad judicial y sin audiencia de la parte contraria. La Suprema Corte de Justicia ha establecido que la circunstancia de que una declaración se asiente en un instrumento público, no atribuye al contenido de aquélla, el carácter de prueba plena, ya que lo único que hace fe es que, ante el funcionario que intervino en el documento, se asentó dicha declaración.
Precedentes
Amparo civil en revisión 748/49. Villarreal de Cañedo Bertha. 22 de septiembre de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.