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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344674
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2707
SOCIEDADES EJIDALES, REPRESENTACION DE LAS, EN LA ACEPTACION DE LETRAS DE CAMBIO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2707
Si una letra de cambio fue girada a cargo de una sociedad local de crédito ejidal, y los aceptantes de la misma tenían los cargos de presidente y secretario de dicha sociedad, debe estimarse que actuaron en representación de ésta, pues no es exacto que de los artículos 45 y 162 de la Ley de Crédito Agrícola se desprenda que sea necesaria la intervención del tesorero para obligar a la sociedad, ni que las firmas de su presidente y secretario no sean suficientes para ese efecto.
Precedentes
Amparo civil directo 5280/48. Murúa Manuel y coagraviados. 23 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.