Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/344676
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344676
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2713
DAÑOS Y PERJUICIOS, PRUEBA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo CI; Pág. 2713
La prueba testimonial de la cual aparezca que los testigos incurrieron en deducciones, inferencias y creencias que hacen que el monto de los daños y perjuicios a que se refieren, no resulte real y verdadero sino simplemente posible, no es apta para precisar debidamente las utilidades que pudo tener un negocio mercantil en determinado lapso, pues para ella seria necesaria la prueba pericial respectiva, auxiliada con cualquiera documental.
Precedentes
Amparo civil directo 3041/34. Rojo Evaristo. 23 de septiembre de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.