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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344724
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 232
PROPIEDAD, CUESTIONES DE, QUE NO DEBEN TRATARSE EN EL AMPARO (POSESION, PRUEBA DE LA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 232
La escritura privada de compraventa de un inmueble, por sí sola, no basta para comprobar el hecho material de la posesión del comprador; y si bien la Suprema Corte de Justicia ha resuelto que cuando se trata de respetar el derecho de propiedad, sin prejuzgar quién sea el verdadero propietario, procede conceder el amparo para el efecto de que, reconocido ese derecho, se mantenga en su goce al propietario, entre tanto se resuelva el juicio contradictorio correspondiente, tal tesis no es aplicable, si en el caso existen dos títulos de propiedad, el exhibido por el quejoso y el que alega tener el tercero perjudicado, pues entonces se está en presencia de una cuestión de propiedad que no puede decidirse en el juicio de garantías.
Precedentes
Amparo civil en revisión 792/44. Ramírez Monreal Juana. 8 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.