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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344738
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 309
REMATE, AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA ORDEN DE CITACION PARA EL (SOBRESEIMIENTO POR CAMBIO DE SITUACION JURIDICA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 309
Si el acto reclamado, consistente en la determinación judicial que citó para el remate de una finca, es una consecuencia directa de la resolución que revocó el auto que reconoció personalidad al quejoso, para intervenir en el procedimiento de remate y suspender los efectos de la citación para la primera almoneda, debe decirse que el propio quejoso debió haber combatido en la vía de amparo la citada resolución revocatoria, y si no lo hizo, se operó un cambio de situación jurídica, en los términos de la fracción X del artículo 73 de la Ley de Amparo, a efecto de considerar consumada de manera irreparable la violación que pudo haberle causado la resolución revocatoria de referencia.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5683/48. Banco Nacional de Fomento Cooperativo, S. A. de C. V. 18 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Vicente Santos Guajardo.