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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344741
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 327
ARRENDAMIENTO POR TIEMPO VOLUNTARIA, TERMINACION DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 327
Si está demostrado que el arrendatario, por medio de una carta que dirigió al arrendador se dio por enterado del deseo de éste de dar por terminado el contrato de arrendamiento celebrado por tiempo voluntario, debe estimarse cumplida la exigencia del artículo 2478 del Código Civil del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo civil directo 5336/47. Vélez Ponce Enrique. 20 de abril de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.