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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344757
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 498
MUTUO, FIRMAS DE LAS PARTES EN EL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 498
La ley no exige que las firmas de los contratantes figuren precisamente al calce del documento respectivo, y por lo mismo, la autoridad responsable obró legalmente si considera demostrado el consentimiento de las partes en un contrato de mutuo, por el hecho de que aparecía su firma cancelando las estampillas correspondientes.
Precedentes
Amparo civil directo 8691/48. Bustos Leonor. 27 de abril de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Hilario Medina.