Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/344763
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344763
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 644
REGISTRO PUBLICO, PREFERENCIA DE LAS ESCRITURAS DE PROPIEDAD PREVIAMENTE INSCRITAS EN EL (TERCERIAS EXCLUYENTES DE DOMINIO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 644
Si la escritura de adjudicación al actor en el juicio en que se interpuso una tercería excluyente de dominio, aunque es de fecha posterior a la escritura privada de compraventa presentada por el tercerista, se registró con anterioridad a esta última, debe considerarse preferente aquélla, porque la escritura por la cual adquirió la propiedad del inmueble respectivo el tercerista, sólo podía producir efectos contra tercero hasta que fue registrada, fecha en la cual el actor en el juicio principal ya había adquirido de la misma persona el propio inmueble e inscrito su adquisición en el Registro Público, lo que le da un mejor derecho sobre el bien de que se trata.
Precedentes
Amparo civil directo 7061/42. G. de Lerma Rosario. 4 de mayo de 1949. Mayoría de tres votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.