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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344771
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 765
HIPOTECA, VENTA DEL INMUEBLE GRAVADO POR LA (LEGISLACION DE YUCATAN).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 765
El artículo 1394 del Código Civil de Yucatán autoriza al propietario de una finca hipotecada a venderla libremente, sin consentimiento del acreedor hipotecario, pero en tal caso queda obligado mancomunadamente con el comprador, y es indiscutible que goza de los mismos derechos que éste, entre ellos, los que se derivan de los dispuestos por el artículo 175 del Código Agrario de mil novecientos treinta y cuatro.
Precedentes
Amparo civil directo 3986/45. Molina Cirerol Alejandro y coagraviado. 6 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Roque Estrada.