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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344776
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 791
QUEJA EN EL AMPARO, PROCEDENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 791
Debe declararse que es procedente la queja, si a pesar de la deficiente exposición de hechos que contiene el escrito respectivo, puede colegiarse que la queja se encuentra comprendida en una fracción del artículo 95 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Queja en amparo civil 653/48. Estrada Velázquez Daniel. 7 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.