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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344777
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 793
QUEJA EN EL AMPARO, CUANDO SUSPENDE EL PROCEDIMIENTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 793
Si conforme al artículo 101 de la Ley de Amparo, en ciertos casos procede la suspensión del procedimiento, cuando se presenta una queja, esto sucede naturalmente, cuando la presentación de esa queja es oportuna; es decir, cuando el Juez de Distrito todavía no ha dictado sentencia, pues de haberla dictado, este funcionario no tiene procedimientos que suspender.
Precedentes
Queja en amparo civil 10/49. Gómez Granda viuda de Naranjo María de los Angeles. 7 de mayo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Luis Chico Goerne. La publicación no menciona el nombre del ponente.