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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344783
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 812
SIMULACION, NO PUEDE PROBARSE CON LA CONFESION DE UNA DE LAS PARTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 812
Carece de validez la confesión de una de las partes en un contrato sinalagmático, en el sentido de que no quiso obligarse en la forma y términos en que lo hizo, sino únicamente simular el acto, pues de otro modo tendría que admitirse que todo contrato puede ser atacado de simulación por la sola manifestación de una de las partes, eludiendo así el cumplimiento de la obligación que contrajo, lo que es inaceptable, ya que la validez y el cumplimiento de los contratos no puede dejarse al arbitrio de una de las partes.
Precedentes
Amparo civil directo 6619/47. García Zúñiga Roberto. 9 de mayo de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.