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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344815
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1086
APELACION EN MATERIA MERCANTIL (TERMINOS IMPRORROGABLES).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1086
El término para ocurrir a continuar el recurso de apelación es improrrogable, y por lo mismo, no es necesario el acuse de rebeldía para que fenezca el derecho del recurrente, al concluir dicho término.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7123/48. Diez de Urdanivia Mora José Luis. 8 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.