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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344818
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1140
ARRENDAMIENTO, PRORROGA CONVENCIONAL DEL CONTRATO DEL (LEGISLACION DE COAHUILA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1140
Si en la cláusula respectiva del contrato de arrendamiento, se estableció un término forzoso para ambas partes y otro de privilegio para el arrendatario, tal cláusula debe interpretarse en el sentido de que este último debió comenzar a surtir efectos de prórroga al concluir el plazo forzoso, y si el término de privilegio era de tres años, excedió al plazo de un año que concedía el artículo 2379 del Código Civil del Estado de Coahuila, y aun al de la prórroga adicional de cuatro meses más por cada año, a que se contrae el mismo artículo, reformado por decreto de veintidós de enero de mil novecientos cuarenta y tres.
Precedentes
Amparo civil directo 9700/46. Williamson M. Guillermo y coagraviada. 9 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.