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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344836
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1276
ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL, EN BENEFICIO DE LOS INQUILINOS (DECRETO DE EMERGENCIA DE OCHO DE MAYO DE 1945).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1276
Si de la prueba de inspección ocular practicada en la localidad arrendada, se advierte que en la planta baja existe un giro mercantil y que en la alta se encuentran piezas destinadas a habitación, y el Juez concluyó fundadamente que la localidad está destinada preferentemente al comercio, de ello se sigue que carece de aplicación en la especie el decreto presidencial de ocho de mayo de mil novecientos cuarenta y cinco.
Precedentes
Amparo civil directo 1962/48. Alvarez Gerardo. 13 de junio de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.