Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/344895
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344895
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1865
DIVORCIO, INJURIAS GRAVES COMO CAUSAL DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1865
Para que proceda la causal de injurias graves, es indispensable ante todo, que se fijen en la demanda de divorcio, los hechos en que se consisten tales injurias y el lugar y tiempo en que acontecieron, a fin de que el demandado pueda defenderse de las imputaciones que se le hagan; sin que pueda decirse que con ello se exige la denominación técnica de la acción deducida o de su causa, sino que simplemente se requiere la determinación del hecho fundatorio de la acción.
Precedentes
Amparo civil directo 7449/48. Alvarez de Hoyos Samuel. 30 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.