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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344896
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1867
EJECUCION DE SENTENCIAS, INCIDENTE DE OPOSICION CONTRA LAS RESOLUCIONES DICTADAS EN LA (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo C; Pág. 1867
Si la autoridad responsable admitió, tramitó y resolvió un recurso de revocación en contra de un auto pronunciado en ejecución de una sentencia definitiva, con ello infringió los artículos 454, 455 y 456 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas, que previenen que, en casos como el de que se trata, sólo procede el incidente de oposición y contra la resolución que en él se dicte no cabe recurso alguno. Por otra parte, la misma autoridad no pudo tomar en consideración, al dictar su resolución, la prueba documental exhibida hasta la audiencia, en el recurso de revocación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1589/47. Padrós Federico. 30 de junio de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.