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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
344920
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 204

EMPLAZAMIENTO, ILEGALIDAD DEL, NO DEBE RECLAMARSE EN EL AMPARO INDIRECTO INTERPUESTO CONTRA EL AUTO QUE MANDO EJECUTAR LA SENTENCIA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 204

Precedentes

Amparo civil en revisión 2373/48. Pereyra Ramón I., suc. de. 19 de enero de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.
Registro digital (IUS): 344920