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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344948
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 550
JUECES DE DISTRITO, VALOR DE SUS AFIRMACIONES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 550
Ante afirmaciones contradictorias del Juez de Distrito y del recurrente en queja, debe darse mayor fe a la del Juez de Distrito, que pudo ser desvirtuada con constancias que demostraran lo contrario.
Precedentes
Queja en amparo civil 491/48. Novoa Mondragón Irma Ignacia. 28 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.