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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344956
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 586
FIADOR EN EL AMPARO, SUSPENSION IMPROCEDENTE DE LOS REQUERIMIENTOS AL, POR EL PAGO DE LA CANTIDAD GARANTIZADA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 586
Como por el hecho de requerir a la compañía de fianzas quejosa, por el pago de la cantidad a que fue condenada el fiado, en el incidente de daños y perjuicios causados por la suspensión, no se le causan daños o perjuicios de difícil reparación, es improcedente la suspensión definitiva del requerimiento.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4866/48. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 29 de enero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.