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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344965
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 610
ACTOS NEGATIVOS CON EFECTOS POSITIVOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 610
Si la quejosa señala en su demanda las consecuencias del acto que se reclama, no puede considerarse el acto como consumado, puesto que precisamente es la ejecución de ésta la que reclama, y si se aceptara a que aquél se consumó sería inútil conceder la suspensión, por cuanto a que el acto reclamado es negativo. Aunque el acto reclamado sea negativo, por lo que se refiere a la revocación del auto que concedió a la quejosa el derecho de ver a sus hijos, dicha revocación tiene efectos positivos puesto que le impide lo que constituye precisamente un efecto del acto reclamado, que es positivo, por lo que procede conceder la suspensión definitiva de los actos reclamados, previa fianza.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4937/48. Sodi Pallares Amelia. 31 de enero de 1949. Mayoría de tres votos. Disidente: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.