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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 344993
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 961
APELACION, AGRAVIOS INNECESARIOS EN LA (LEGISLACION DE DURANGO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 961
El Código de Procedimientos Civiles del Estado de Durango no exige la expresión de agravios en la apelación, y por virtud de la alzada el tribunal se avoca, con plena jurisdicción el conocimiento del juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 7132/47. Leautaud Ceniceros Juan. 14 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.