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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345032
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1164
JUICIOS SUCESORIOS, TERMINACION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1164
Conforme a la ley, la liquidación del impuesto sobre herencias debe ser previa a la sustanciación del juicio sucesorio, y por lo mismo, no puede demostrar la terminación de ese juicio.
Precedentes
Amparo civil directo 4083/47. Rosado Lorenzo. 18 de febrero de 1949. Mayoría de tres votos. El Ministro Santos Guajardo, estuvo ausente por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.