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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
345034
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1170

EMPLAZAMIENTO, NULIDAD DEL. AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA LA RESOLUCION QUE DESECHA, UN INCIDENTE DE (SOBRESEIMIENTO POR CAMBIO DE SITUACION JURIDICA).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1170

Precedentes

Amparo civil en revisión 1325/48. Muñiz Solís María de Jesús y coaga. 18 de febrero de 1949. Mayoría de tres votos. El Ministro Vicente Santos Guajardo no intervino en la votación de este negocio por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Carlos I. Meléndez. Relator: Hilario Medina.
Registro digital (IUS): 345034