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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345042
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1203
INCOMPETENCIA POR DECLINATORIA, APELACION EN EL EFECTO DEVOLUTIVO CONTRA EL AUTO QUE DESECHA LA EXCEPCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1203
No existe disposición legal alguna que obligue al tribunal de alzada a resolver previamente a la cuestión de fondo, la apelación que se haya hecho valer contra el auto que desechó de plano la excepción de incompetencia por declinatoria y que se haya admitido en el efecto devolutivo.
Precedentes
Amparo directo 5896/48. García Valseca José. 21 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ponente: Vicente Santos Guajardo.