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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345044
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1211
MUJER CASADA, POSESION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1211
El hecho de que la quejosa viva con su marido en la casa embargada a este último, no justifica el otorgamiento de la protección constitucional por ataques o molestias a la posesión de dicha quejosa, pues jurídicamente debe considerarse que el poseedor es el marido a cuyo nombre aparezca registrada la propiedad, sin que la esposa pueda pretender tal posesión, por la simple circunstancia de vivir con su marido en la casa de éste.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1359/45. B. de León Refugio. 21 de febrero de 1949. Unanimidad de cuatro votos. El ciudadano Ministro Hilario Medina no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Carlos I. Meléndez. Ponente: Santos Guajardo.