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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345080
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1474
REVISION INTERPUESTA POR LA AUTORIDAD RESPONSABLE, CASOS EN QUE QUEDA SIN EFECTO, POR HABERSE DESISTIDO EL TERCER PERJUDICADO DEL PROPIO RECURSO QUE EL MISMO HIZO VALER.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1474
El desistimiento del tercer perjudicado, del recurso de revisión que interpuso contra la sentencia del Juez de Distrito que concedió el amparo al quejoso, produce el efecto de dejar firme el fallo recurrido; y como éste sólo pudo causar perjuicios al mencionado tercer perjudicado, debe estimarse que si la autoridad responsable interpuso también el recurso de revisión contra el propio fallo, carecen de objeto los agravios que la misma haya hecho valer, motivo por el cual deben declararse sin efecto tales agravios y dejar firme la sentencia del Juez de Distrito.
Precedentes
Amparo civil en revisión 7371/45. Castillo Hurtado Julia, sucesión de. 2 de marzo de 1949. Unanimidad de cinco votos. Ponente: Carlos I. Meléndez.