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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345081
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1480
FIADOR EN EL AMPARO, SOLVENCIA DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1480
Aun cuando el bien ofrecido para garantizar las responsabilidades del contrafiador del tercer perjudicado, no esté en la jurisdicción de la autoridad responsable, en el amparo directo, sin embargo, como dicha autoridad obra en su carácter de auxiliar de la autoridad federal, la que sí tiene jurisdicción sobre el territorio del estado de que se trata, no existe, ninguna anomalía por el hecho de aceptar la contrafianza.
Precedentes
Queja en amparo civil 592/48. Gaspar Romero Jacoba. 2 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.