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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345085
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1498
HIPOTECA, FALTA DE INSERCION DEL CERTIFICADO DE GRAVAMENES DE LA FINCA RESPECTIVA, EN LA ESCRITURA DE (LEGISLACION DE SONORA).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1498
Las partes interesadas en el contrato hipotecario no pueden alegar en su beneficio la falta de cumplimiento del artículo 1894 del Código Civil del Estado de Sonora, porque se haya omitido la inserción del certificado de gravámenes de la finca respectiva en la escritura hipotecaria, para pedir la nulidad de esta escritura; y además, el artículo 1895 del mismo código, sólo establece para el notario que no cumpla con ese requisito, la pena de pagar los daños y perjuicios que se causaren, y en caso de insolvencia, la suspensión de su oficio por dos años, sin que tal omisión sea causa de nulidad de la escritura en que se comete.
Precedentes
Amparo civil directo 5305/42. "Cía. Colonizadora Civil", Ltda. 3 de marzo de 1949. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Hilario Medina. Ponente: Carlos I. Meléndez.
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