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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345127
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1761
PRUEBA TESTIMONIAL EN EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1761
Los cinco días de que habla el artículo 151 de la Ley de Amparo, deben ser completos y hábiles y no deben comprender ni el día en que se haga la solicitud de recepción de la prueba testimonial, ni el señalado para la celebración de la audiencia.
Precedentes
Queja en amparo civil 713/48. Abdón de Castro Dolores. 9 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.