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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345130
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1772
FIANZA EN EL AMPARO, CUANDO HAY ASEGURAMIENTO DE BIENES EN EL JUICIO DEL ORDEN COMUN.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1772
Si es un juicio ejecutivo mercantil que promovió el tercero perjudicado, logró embargar algunos bienes para garantizar el pago de las prestaciones exigidas en ese juicio, esa garantía de ninguna manera puede asegurar los daños y perjuicios que a dicho tercero se puede seguir con la suspensión del acto reclamado, si de esos daños y perjuicios no es responsable el que figura con parte demandada en el juicio ejecutivo, sino que debe responder de ellos diversa persona a la que, al concedérsele la suspensión, se le debe exigir la garantía correspondiente.
Precedentes
Queja en amparo civil 684/48. Flores Gasca Alfonso. 9 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.