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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345138
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1867
AMPARO IMPROCEDENTE CONTRA ACTOS RECLAMADOS EN JUICIO DE GARANTIAS ANTERIOR.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 1867
Si los actos reclamados en el juicio de garantías fueron objeto de un amparo anterior, en el cual el Juez de Distrito respectivo dictó resolución de sobreseimiento que causó ejecutoria, el caso se encuentra comprendido en la causal de improcedencia a que se refiere la fracción IV del artículo 73 de la Ley Orgánica de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, sin que obste que en el nuevo amparo que se señale como ejecutora a una autoridad que no se señaló en el juicio de garantías anterior.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5835/48. Fernández José Julio, suc. de. Unanimidad de cuatro votos. 11 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.