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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345169
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2027
JURISPRUDENCIA DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2027
Si los Jueces del fuero común aplican la jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia, no infringen por ello el artículo 82 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal.
Precedentes
Amparo civil directo 1226/48. Guitrón Daniel. 17 de marzo de 1949. Mayoría de cuatro votos. Disidente: Roque Estrada. Ponente: Vicente Santos Guajardo.