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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345199
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2185
ARRENDAMIENTO DE LOCALES DESTINADOS A TALLERES FAMILIARES, PRORROGA DE LOS CONTRATOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2185
El decreto de ocho de mayo de mil novecientos cuarenta y seis, que prorrogó determinados contratos de arrendamiento, incluye entre ellos a los de los locales destinados a talleres familiares; y como el artículo 208 de la Ley Federal del Trabajo establece que son talleres familiares, aquellos cuyos obreros sean exclusivamente el cónyuge, los descendientes o los pupilos del patrón, debe estimarse que si en el caso se acreditó que el inquilino tenía en su taller operarios y ayudantes asalariados, el contrato de arrendamiento no queda comprendido dentro del decreto de que se trata.
Precedentes
Amparo civil directo 362/48. Ayala Sánchez Francisco. 25 de marzo de 1949. Unanimidad de cinco votos. Relator: Roque Estrada.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCIII, página 1989, tesis de rubro "ARRENDAMIENTO DE LOCALES DESTINADOS A TALLERES FAMILIARES.".