Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/345215
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345215
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2310
SENTENCIAS DE LOS JUECES DE DISTRITO, EFECTOS DE LAS, CUANDO SON RECURRIDAS EN REVISION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2310
Si le fue negada al quejoso la suspensión del acto reclamado, consistente en una orden de aprehensión, evidentemente que mientras la Suprema Corte de Justicia no resuelva el recurso de revisión que interpuso contra el fallo del fondo, favorable, éste no produce efecto alguno y, por tanto, las autoridades que intervienen en el proceso instruido en contra suya, están en aptitud de seguir adelante el procedimiento, pudiendo ordenar su reaprehensión, si hay méritos para ello.
Precedentes
Queja en amparo civil 7/49. Guerra Juan N. 28 de marzo de 1949. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.