Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/345221
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
345221
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2359

CONFESION EN AVERIGUACIONES PENALES, NO PRODUCE EFECTOS EN JUICIOS CIVILES.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCIX; Pág. 2359

Precedentes

Amparo civil directo 2851/47. Sierra Gavañac José. 30 de marzo de 1949. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XCI, página 599, tesis de rubro "CONFESION EN MATERIA CIVIL.".
Registro digital (IUS): 345221