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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345247
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 141
CONFESION FICTA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 141
No puede aceptarse la confesión ficta resultante de no haber comparecido el demandado a absolver las posiciones que se le formularon, si la misma resulta totalmente contraria a los términos de la contestación de la demanda.
Precedentes
Amparo civil directo 9570/41. Compañía Jalisciense Urbanizadora, S. A. 4 de octubre de 1948. Mayoría de tres votos. El Ministro Roque Estrada no intervino en la resolución de este negocio por encontrarse desempeñando la Presidencia de este Alto Tribunal. Disidente: Vicente Santos Guajardo. Ponente: Carlos I. Meléndez.