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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345271
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 354
INTERDICTO DE OBRA NUEVA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 354
La restitución de las cosas al estado anterior a la obra nueva, a que se refiere el artículo 19 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, se realiza ejecutando las reparaciones de los daños causados a la finca, de acuerdo con el resultado que arroje la prueba pericial.
Precedentes
Amparo civil directo 3311/47. Montes de Oca viuda de Malanco Teresa y coags. 13 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Roque Estrada no intervino en la resolución de este asunto, por encontrarse asumiendo la Presidencia de este Alto Tribunal. Ponente: Vicente Santos Guajardo.