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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345285
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 466
ACTO RECLAMADO, SUSPENSION INDEBIDA DE SUS EFECTOS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 466
Si el aseguramiento y la entrega de los bienes de que se trata son hechos consumados, no procede respecto de ellos la suspensión, de conformidad con lo establecido en la jurisprudencia de ésta Suprema Corte y tampoco procede respecto de las consecuencias y efectos de tales actos, que la quejosa hace consistir en que se le coarte y limita el ejercicio de los derechos de propiedad y posesión que le competen sobre dichos objetos, pues este punto es precisamente la cuestión de fondo que se debate en el amparo y que no podrá ser resuelta mediante la suspensión solicitada.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6273/47. Castañeda Luz María. 16 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.