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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345292
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 540
PROPIEDAD, PROTECCION DEL DERECHO DE, MEDIANTE EL AMPARO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 540
Si una persona comprueba su propiedad sobre determinado inmueble, con un título debidamente registrado, y se trata de privarla de esa propiedad en un juicio al que es extraña, tiene derecho a reclamar en amparo la violación de las garantías del artículo 14 constitucional, por lo que ve a su derecho de propiedad, y debe otorgársele la protección constitucional que solicite; sin que obste la jurisprudencia establecida en el sentido de que en los juicios de amparo no pueden resolverse cuestiones de propiedad, si antes no se han discutido ante los tribunales comunes, pues dicha jurisprudencia debe entenderse en el sentido de que el reconocimiento de la propiedad en el juicio de garantías, sólo procede para los efectos del amparo, sin que ello implique decisión alguna sobre la legitimidad de la propiedad para todos los efectos civiles. En tales casos, al protegerse en amparo la propiedad, se está protegiendo la posesión originaria, derivada de un título debidamente registrado.
Precedentes
Amparo civil en revisión 624/47. González De la Vega María. 18 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.