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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345309
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 736
EMBARGOS, SUSPENSION DEL LEVANTAMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 736
Reuniéndose los requisitos de las fracciones I y II del artículo 124 de la Ley de Amparo, procede la suspensión definitiva de los actos reclamados que se hacen consistir en la orden para que se proceda a recoger un bien mueble que le fue embargado al tercer perjudicado y se le entregue a éste, y en las medidas de apremio para obligar al quejoso a cumplir con dicha orden, pero previa fianza, de conformidad con lo prevenido en el artículo 125 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5106/48. Castillo Serapio. 23 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.