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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345311
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 758
ESTADO CIVIL, NATURALEZA DE LAS ACCIONES DEL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 758
Las acciones del estado civil son de carácter personalísimo y otorgan derechos que pueden hacerse valer incontinenti por los titulares de ellos y conforme al artículo 24 del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, las resoluciones que se dicten no causan estado ni adquieren el carácter de la cosa juzgada para éstos, quienes pueden provocar su rectificación conjunta o separadamente en el tiempo.
Precedentes
Amparo civil directo 3651/47. Castelazo viuda de Berlanga Concepción y coaga. 25 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. Relator: Hilario Medina.