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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345313
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 770
PRESCRIPCION ADQUISITIVA, PARA DECLARARLA, SE DEBE CITAR A LOS COLINDANTES.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 770
Si la autoridad judicial responsable recibió la información testimonial ofrecida por los terceros perjudicados para que se les tuviera como propietarios, por prescripción adquisitiva, de una fracción de terreno, sin citación de los colindantes, debe concederse el amparo para que se reponga el procedimiento a partir de la iniciación de las diligencias de jurisdicción voluntaria, y, previamente a la recepción de la información, se cite a los colindantes del predio materia de esas diligencias en la forma y términos establecidos por la ley.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5434/46. Toledo Natividad. 25 de octubre de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.