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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 345322
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 840
RENTA VITALICIA, CANCELACION DE LA HIPOTECA CONSTITUIDA EN GARANTIA DE SU PAGO.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo XCVIII; Pág. 840
El procedimiento de jurisdicción voluntaria no es propiamente el adecuado para resolver de plano sobre la cancelación de una hipoteca constituida para garantizar el pago de unas pensiones vitalicias, puesto que es necesario oír antes a los acreedores respectivos, para lo cual se hace necesario que se establezca el juicio correspondiente.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4570/47. Andrade José Plutarco y Modesta Canto de Andrade, sucesiones de. 27 de octubre de 1948. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.